Vol. 13 Núm. 1 (2022): Ciudadanía digital, vigilancia electrónica y derechos humanos

Vol.13 Nº2 Ciudadanía Digital, Vigilancia electrónica y Derechos Humanos

El mundo actual  ha facilitado la  digitalización de la vida cotidiana  y con ello, los Estados han desarrollado paulatinamente diversos mecanismos de control y vigilancia en el mundo digital. De ahí que con el vertiginoso desarrollo de nuevas tecnologías de comunicación e información se han desarrollado también nuevas prácticas sociales en el ámbito político, social y económico que son susceptibles de ser reguladas debido a que pueden constituir  delitos o acciones que faciliten el desarrollo de los mismos en el ámbito transnacional. De este modo las fronteras entre lo virtual y lo analógico se han desdibujado, redefiniendo a partir de eventos en los que los marcos normativos  parecen ser ineficaces. De este modo en la Unión Europea y en el mundo  la vigilancia electrónica, hoy es un tema central, entendiéndose como el conjunto de tecnologías, herramientas y dispositivos electrónicos, cuyas capacidades y especificaciones técnicas, permiten la captación, obtención, monitoreo, administración y acumulación de información de una población (o parte de ella), de modo sistemático y permanente, donde las agencias procesan datos personales de manera sistemática para calcular riesgos o predecir oportunidades, clasificando y perfilando sus registros de manera rutinaria.

Así en lo cotidiano existen diversos tipos de monitoreo (organizacional, gubernamental y comercial) y nuevas formas de vigilancia que son cada vez más difíciles de rastrear, analizar y regular. Esta vigilancia hoy está al alcance de cualquier persona, gracias a la masividad de la producción de diversos dispositivos, mismos que se comercializan, conectan y transmiten casi sin ninguna restricción y se instauran en los espacios  públicos y privados;  y se han legitimado al ser “necesarios para facilitar la inhibición del delito”.

Sin embargo, desde una perspectiva de política pública los resultados sobre su eficacia no han sido claros ni concluyentes, tampoco lo son respecto de su implementación y efectos, ni en términos jurídicos al incluirlos en los juicios en la mayor parte de los países. A pesar de que existen diversas disposiciones que reglamentan la implementación y operacionalización de los dispositivos de vigilancia y a que se ha regulado la protección del derecho a la privacidad y datos personales, existe poca evidencia empírica de la implementación de dichos dispositivos desde una perspectiva de respeto a los Derechos humanos de los ciudadanos. De ahí que como preguntas detonadoras para la presentación de artículos exponemos las siguientes: ¿De qué manera incide la implementación de dispositivos de vigilancia electrónica en la percepción de seguridad pública? ¿Cómo se percibe la aplicación de dispositivos de vigilancia electrónica respecto de los derechos humanos a la privacidad y la protección de datos personales? ¿cómo establecer procedimientos de vigilancia electrónica sin violar los derechos humanos de los vigilados? ¿Qué lagunas sobre su reglamentación, o  implementación en  los estados subnacionales y para los gobiernos locales representa la implementación de los dispositivos de vigilancia electrónica? ¿Qué metodologías de investigación facilitan el monitoreo del fenómeno? ¿Qué habilidades y capacidades deben desarrollar los ciudadanos en la era digital para exigir el respeto de sus derechos humanos ante las prácticas de vigilancia electrónica?

 

Coordinadores: 

Dra. Araceli Espinosa Márquez (Instituto de Ciencias de Gobierno y Desarrollo Estratégico, BUAP - México)
Dr. Arturo Miguel Chipulli  Castillo (Universidad Veracruzana, México)
Mtra. Carla Irene Rios Calleja (Instituto de Ciencias de Gobierno y Desarrollo Estratégico, BUAP - México)

Cierre de recepción de trabajos: 15 de noviembre de 2022
Se aceptan manuscritos en español, inglés, portugués y francés. 

Publicado: 2022-12-31

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